Estimada comunidad educativa:
Tras la suspensión de clases presenciales cuando se dio comienzo a esta Pandemia COVID – 19 y debido a la emergencia sanitaria que se vive en el mundo, nuestro establecimiento se ha enfrentado a un nuevo e inédito desafío: enseñar de manera remota durante el periodo de cuarentena y en una modalidad híbrida en caso de que la autoridad sanitaria decrete fase dos en su plan “Paso a paso”.
En este contexto y desde el área de Convivencia Escolar de nuestra escuela creemos importante referirnos al uso de la cámara web en clases virtuales como una herramienta pedagógica que permite una dinámica de acercamiento y cortesía en las aulas virtuales, como también un mecanismo de seguimiento y monitoreo de los aprendizajes por parte de los docentes de nuestra comunidad. Esta realidad llegó para quedarse y es una certeza que las clases online han sido la única alternativa para dar continuidad al proceso de aprendizaje de nuestros estudiantes.
El desafío actual que tenemos como comunidad educativa es concientizar a nuestros estudiantes y a sus familias a mantener la cámara encendida durante los encuentros pedagógicos virtuales. Para nuestros docentes, el hacer clases en medio de un panel de pantallas apagadas está lejos de ser una experiencia de aprendizaje efectiva y participativa, sobre todo si tampoco existe interacción o respuesta por activación de voz en el micrófono. Por otra parte, mantener la cámara encendida permite acortar las distancias entre estudiantes y sus pares y profesores, a nuestros docentes les permite saber si están atentos, si van aprendiendo, si se encuentran bien propiciando la interacción y la generación de lazos virtuales, lazos necesarios en el ámbito afectivo y socioemocional de nuestros niños que actualmente llevan más de un año en esta modalidad.
Sabemos que en nuestro colegio existe una diversidad de estudiantes con diferentes realidades, algunos se angustian frente a una cámara por lo que no se les puede exigir que la prendan, pero hay otro porcentaje que no presenta este tipo de problemas y a pesar de esto evita encenderla, por diversos y respetables motivos. Los docentes se ven en la necesidad de implementar clases en línea frente a círculos negros, donde, en más de alguna oportunidad nadie pregunta ni responde a sus interrogantes. La imposibilidad de ver a sus alumnos, sus expresiones y sus gestos dificulta la posibilidad de generar y mantener un vínculo afectivo significativo, lo cual menoscaba el aprendizaje socioemocional, aspecto que hoy se nos presenta como una necesidad imperante.
Como establecimiento educacional somos garantes de la integridad de nuestros estudiantes, por tal motivo existen regulaciones que nos ayudan a que, en este contexto, logremos vivir en una sana convivencia. Es por ello que, en nuestro reglamente interno, poseemos un Manual de Convivencia Escolar, el cual regula el comportamiento y resguarda la sana convivencia presencial y virtual, referente a esta temática, catalogando como faltas gravísimas:
- Grabar o fotografiar a algún miembro de la comunidad escolar con fines dolorosos que denigren a las personas involucradas y subirlas a redes sociales. (MCE, página 73, falta N° 37)
- Hacer ejercicio de ciberbullyng o ciberacoso a través de redes sociales a miembros de la comunidad educativa (MCE, página 74, falta N° 40)
- Utilizar el celular u otro artefacto para enviar mensajes descalificativos, ofensivos o de connotación sexual, grabar o fotografiar al profesor (a), funcionario (a) o compañeros (as) del establecimiento, con o sin su autorización y hacer difusión por cualquier medio. (MCE, página 74, falta N° 43)
- Descalificación y deshonra entre alumnos, a través de listas negras y/o publicaciones de imágenes o videos en internet. (MCE, página 74, falta N° 44)
- Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, identidad sexual, nombre social, discapacidad, maternidad, paternidad o cualquier otra circunstancia, en forma directa o indirecta verbal, escrito o medios virtuales. (MCE, página 75, falta N° 45)
- Difundir o reproducir discursos de odio propios o de otros, incitando con ello a la violencia o amenazando por medios físicos o virtuales a la comunidad educativa. (MCE, página 76, falta N° 54)
Además, con el objetivo de garantizar la integridad de nuestros alumnos, se dispone de un Protocolo de Bullyng o Ciberbullying en donde se estipulan los pasos a seguir para denunciar estos hechos y quienes son los responsables de activar dicho protocolo. Para más información de ello le invitamos que pueda leerlo en nuestro MCE, publicado en la página web www.colegiobulnes.cl en las páginas 146 a 151.
Desde el año 2020, cuando la autoridad sanitaria decretó el cese de clases presenciales nuestro establecimiento, en virtud de la sana y buena convivencia virtual, creó un protocolo de clases virtuales en plataforma classroom, contenido en el MCE, páginas 181 a la 184 que de manera explícita menciona en la letra c, que los estudiantes pueden participar de la clase sin tener la necesidad de mostrar su pantalla, pero debe atender por vía auditiva en las instancias que el docente solicite su participación. De esta forma se resguarda la privacidad del estudiante.
Por otra parte, como escuela tenemos un protocolo de asistencia y participación donde se señala, específicamente en el punto N°11 (MCE, página 192) que sugiere tener la cámara apagada debido a diferentes factores prácticos (consumo de datos, privacidad del hogar), además del micrófono (principalmente para evitar acoples o interferencias de sonido); no obstante, si el profesor (a) solicita encender cámara o micrófono, principalmente por condiciones y necesidades asociadas a la realización del trabajo y evaluaciones durante la clase, el estudiante debe responder a lo requerido.
Frente a situaciones particulares que impidan al estudiante cumplir con lo anterior, existirán criterios de flexibilidad que deberán ser previamente consensuados en entrevista entre profesor de asignatura que corresponda y el apoderado del estudiante con el propósito de facilitar otras formas de que el alumno (a) continúe su proceso educativo, con la debida entrega de evidencias de su proceso y retroalimentaciones.
En este sentido, es necesario informar que no existe actualmente alguna normativa que regule el uso de cámaras en clases remotas. Por tanto y en concordancia de la importancia de nuestro rol educativo y de las adecuaciones en este sistema online, es necesario que nuestros estudiantes comprendan que existirán momentos de la clase que el maestro pedirá activación de cámaras ya que es una herramienta para poder dar garantías del trabajo realizado y para proceder a retroalimentar al estudiante. Esto rige a todas las asignaturas de nuestro currículum ya que bajo el amparo del decreto N°67/2018 debemos como colegio evidenciar de manera formativa el trabajo y entregar diversas oportunidades para que se generen logros.
Instamos a que toda nuestra comunidad escolar comprenda la vital importancia de los procesos formativos de nuestros estudiantes y que para obtenerlos se deben generar lazos de cordialidad y afectividad. Para ello, el uso de la cámara y las interacciones y participación vía micrófono nos permitirá mantenernos cercanos en esta lejanía impuesta por este contexto complejo vivido actualmente.
Esperando su adhesión y soporte a nuestra gestión.
Marjory Riquelme Sepúlveda
Encargada de Convivencia Escolar